Ayuntamiento
La organización del Ayuntamiento se estructura a través de los siguientes órganos:
- Órganos preceptivos o de constitución obligada.
- Órganos complementarios internos.
- Órganos de desconcentración, descentralización y participación.
- Otros órganos de gestión que el Ayuntamiento, en virtud de la autonomía organizativa, pueda crear.
Integrarán los órganos de obligada constitución por imperativo legal los que se relacionan seguidamente:
- El Alcalde.
- Los Tenientes de Alcalde.
- El Pleno.
- La Junta de Gobierno Local.
- La/s Comisión/es Informativa/s. En ellas se incluye la Comisión Especial de Cuentas.
Dichos órganos, en el marco de sus respectivas competencias, dirigen el gobierno y la administración municipal.