Con motivo de la Semana Santa 2024, a celebrar desde el día 24 hasta el 31 de marzo, ambos inclusive, y al amparo de lo establecido en los artículos 6.7 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre y 23 del Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre, he resuelto AMPLIAR EN DOS HORAS, con carácter excepcional, el horario general de cierre de los establecimientos públicos dedicados a actividades de hostelería y restauración (Restaurantes, Cafeterías, Pubs, Discotecas y Bares con música), para los días 28, jueves y 29, viernes de marzo con motivo de la celebración de la Semana Santa 2024.