Convocatoria para la concesión de incentivos en régimen de concurrencia no competitiva a las PYMES para el desarrollo industrial y la creación de empleo en Andalucía para el año 2016

El plazode solicitud finaliza el 31 de mayo de 2016. Más información en el Área de Empleo y Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Bujalance.

Resolución de 29 de diciembre de 2015 del Director General de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía ,IDEA,(Consejería de Empleo,  Empresa y Comercio ). BOJA de 19  de enero de 2016.

Destinatarios: Básicamente las PYME del sector industrial que desarrollen proyectos cuya finalidad sea la generación de actividad económica y/o la creación de empleo.

Los proyectos deberán perseguir alguno de los siguientes objetivos:

  • Creación de empresas que generen empleo.
  • El crecimiento empresarial.

Requisitos que deben reunir las empresas solicitantes:

  1. Estar válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro empresarial o alta en el impuesto de actividades económicas, en el caso de empresario individual que cumplan el requisito de ser trabajador autónomo o PYME.
  2. Las empresas que vayan a constituirse y se inscriban en el registro empresarial correspondiente o en el caso de empresario individual autónomo se den de alta en el impuesto de actividades económicas con posterioridad a la solicitud de ayuda  y con anterioridad a la fecha de resolución de la misma o aquellas que se encuentren inscritas en el registro correspondiente o con alta en el IAE en los tres años anteriores a la fecha de solicitud y planteen un proyecto de nuevo establecimiento en Andalucía.

Quedan expresamente excluidas las sociedades civiles  y las comunidades de bienes. Tampoco podrán concurrir a estas ayudas las empresas en crisis.

Tipología de los proyectos:

  1. Proyectos de emprendedores: Proyectos de actividades industriales promovidos por emprendedores vinculados a un nuevo establecimiento que realicen una inversión superior a 15.000 euros y que generen empleo. Podrán concurrir también las empresas en constitución o  ya constituidas con una antigüedad no superior a tres años.

 

  1. Proyectos de Nuevas Iniciativas Empresariales. Con una inversión superior a 50.000 euros y que generen empleo.

 

  1. Proyectos de creación de empresas innovadoras vinculadas a la Especialización Productiva de Andalucía: Proyectos promovidos por PYME industriales con una inversión superior de 50.000 euros.

 

  1. Proyectos Altamente Generadores de Empleo. Que tengan una inversión inicial superior a 50.000 euros y generen al menos cinco empleos.

 

  1. Proyectos de Inversión Industrial:  Proyectos que realicen una inversión superior a 50.000 euros y que generen empleo.

 

  1. Proyectos de Cooperación Empresarial. Proyectos de actividades industriales promovidos por PYME autónomas que realicen de manera conjunta un proyecto para desarrollar una inversión inicial superior a los 50.000 euros y que generen empleo en alguna de las empresas participantes.

 

  1. Proyectos de Innovación vinculados a la Especialización Productiva de Andalucía. Con inversión inicial superior a 50.000 euros.

 

Quedan expresamente excluidos los sectores de actividad  para la transformación y comercialización de productos agrícolas cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de dichos productos.

Cuando se trate de productos del sector agroalimentario podrán ser incentivables cuando la empresa solo realice la actividad de comercialización sin aportar ninguna labor de manipulación o transformación de los productos

Requisitos de los proyectos:

  1. Ser considerados viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero.
  2. Ser realizados en Andalucía.
  3. Contar con una contribución mínima del beneficiario del 25% de la inversión incentivable, libre de toda ayuda, incluida la ayuda mínimis.
  4. Mantener las inversiones a realizar y los empleos al menos durante tres años a contar desde la justificación de las inversiones.
  5. No estar iniciados  a la fecha de la presentación de la solicitud.

Los incentivos podrán acumularse con cualquier otra ayuda estatal  pero no serán acumulables con ayudas mínimas.

Las solicitudes se presentarán en el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, para ello deberán disponer los interesados de firma electrónica reconocida o firma electrónica incorporados al DNI, e irán dirigidas a la Gerencia provincial de la Agencia de Innovación y Desarrollo de la provincia donde se vaya a ejecutar el proyecto.

El plazo de solicitud finaliza el 31 de mayo de 2016.

 

Más información en las Bases reguladoras  publicadas  mediante Orden de 19 de febrero de 2015 , (BOJA num. 37 de 24 de febrero de 2015) y en  el Área de Empleo y Desarrollo Económico del Ayuntamiento de Bujalance.