OBJETO.-
Fomentar la creación de empleo indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, así como las transformaciones en indefinido de los contratos temporales, que se lleven a cabo por parte de las empresas o entidades empleadoras ubicadas en Andalucía.
CONCEPTO SUBVENCIONABLE.-
1. La contratación laboral con carácter indefinido de personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo.
2. La transformación de contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior a 20 horas semanales.
CUANTÍA.-
• 8.000 euros por cada contratación indefinida que se formalice con una persona demandante de empleo no ocupada en el Servicio Andaluz de Empleo, o bien, por cada transformación de un contrato temporal en indefinido a jornada completa.
– 8.800 euros, si se encuentra incluida en determinados colectivos.
-10.000 euros, cuando la nueva contratación indefinida a jornada completa se realice por una empresa o entidad del sector industrial, entendiendo por sector industrial: las actividades económicas encuadradas en el sector de la industria manufacturera, así como, en los servicios avanzados vinculados a procesos y productos industriales, de
acuerdo con la Estrategia Industrial de Andalucía 2020. (v. Disposición adicional tercera de la Orden de 6 de Mayo de 2018).
-11.000 euros cuando la persona contratada se encuentre incluida, en el momento de la contratación, en algunos de los colectivos recogido en el punto anterior.
• 4.000 euros cuando el contrato indefinido o la transformación del contrato se realicen a jornada parcial, sin que en ningún supuesto ésta pueda ser inferior a 20 horas semanales.
-4.400 euros, cuando la contratación se realice con algunos de los colectivos definidos anteriormente.
-5.000 euros, cuando la contratación se realice por una empresa o entidad del sector industrial,
– 5.500 euros, cuando la contratación se realice con algunos de los colectivos definidos en el punto anterior.
Todas las cuantías señaladas en los apartados anteriores se incrementarán un 10%, cuando la persona contratada o cuyo contrato haya sido transformado sea mujer.
A los efectos de esta Orden, personas desempleadas de larga duración.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES.-
Un mes desde la fecha de formalización del contrato indefinido, ó transformación del contrato en indefinido por el cual se solicita el incentivo.
El plazo de presentación estará abierto desde el 12 de Julio de 2018 hasta 30 de Septiembre de 2019.