El plazo de solicitud estará abierto hasta el 31 de agosto de 2022.
- Reglamento de las Bases reguladoras para la Concesión de Subvenciones al Emprendimiento y el Desarrollo Empresarial
- Publicación en BOP 17-05-2022 – Extracto de la convocatoria 2022
- Bases reguladoras – Convocatoria 2022
La subvención tiene por finalidad el fomento del emprendimiento y la promoción del desarrollo empresarial en la localidad de Bujalance a través de la regulación de un programa de incentivos para Pymes por parte del Ayuntamiento de Bujalance, destinadas a facilitar, estimular y apoyar el emprendimiento y la generación de empleo estable así como la consolidación y el establecimiento empresarial en el término municipal de Bujalance, mediante la concesión de ayudas económicas que promuevan la creación y el desarrollo de la actividad empresarial en el municipio.
Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades:
- Línea 1: Incentivos al inicio de actividad mediante la creación de trabajo autónomo y Pymes en Bujalance Cuyo objeto es apoyar la creación y puesta en marcha de nuevas empresas en la localidad de Bujalance con la condición de Pyme y cuyo domicilio fiscal se localice en Bujalance, mediante incentivos a la creación de trabajo autónomo, pequeña y mediana empresa.
- Línea 2: Fomento del desarrollo económico a través de la generación de empleo estable en Bujalance Cuyo objeto es apoyar el empleo estable y la contratación indefinida por cuenta ajena de trabajadores/as empadronados/as en la localidad de Bujalance bien por parte de empleadores/as cuyo domicilio fiscal se localice en Bujalance bien de empleadores/as cuyo domicilio fiscal se sitúe fuera de Bujalance realizando la contratación de trabajadores empadronados en Bujalance para centros de trabajo radicados en Bujalance.
- Línea 3: Consolidación del trabajo autónomo y Pymes en Bujalance mediante el apoyo a la inversión en actividades productivas, promoción del asociacionismo empresarial y acciones de promoción comercial; Cuyo objeto es apoyar parte de las inversiones que se realicen por las Pymes consolidadas solicitantes para la ampliación, mejora, modernización o innovación de la actividad económica; acciones de promoción comercial de Pymes locales individualmente consideradas, previamente inscritas en asociaciones empresariales locales; o las acciones individuales de Pymes locales mediante la contratación de espacios expositivos en eventos comerciales tales como ferias comerciales nacionales o internacionales. Se entenderá, a los efectos de esta línea, por Pyme local aquella cuyo domicilio fiscal se localice en Bujalance. Igualmente, a los efectos de esta línea, se entenderá por empresa consolidada aquella empresa local que, de manera ininterrumpida, haya ejercido su actividad durante un período mínimo de, al menos, 18 meses desde su último alta efectiva hasta la fecha de solicitud del incentivo, manteniendo adicionalmente la actividad y el objeto de la inversión durante el tiempo determinado en la correspondiente convocatoria.
- Línea 4: Incentivos para el alquiler de locales comerciales en el casco urbano de Bujalance para el establecimiento de negocios por Pymes; Cuyo objeto es apoyar y promover la actividad empresarial en el casco urbano de Bujalance mediante el establecimiento y ejercicio de actividades empresariales en locales comerciales ubicados en el mismo. Serán objeto de subvención los gastos de alquiler.
Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación
Las solicitudes se presentarán mediante el trámite habilitado a tal efecto en la SEDE ELECTRÓNICA municipal (https://sede.eprinsa.es/bujalanc/tramites/procedimiento/114/subvenciones-para-autonomos-y-pymes-2022). El plazo final de presentación de solicitudes (Fase de solicitud) es hasta el 31 de Agosto de 2022.
Los documentos a presentar serán los siguientes:
Fase solicitud:
1) Anexo I: Solicitud, incluyendo autobaremación y opción de línea/as de ayuda seleccionada/s.
2) Anexo II: Declaración Responsable de otras subvenciones, de estar al corriente y de no incurrir en causas de exclusión.
NOTA: LOS DOCUMENTOS DEBERÁN SER CUMPLIMENTADOS CON UN LECTOR DE PDF Y FIRMADOS ELECTRÓNICAMENTE